Comisión Bilateral

El Partido Aragonés considera que la bilateralidad entre Aragón y el Estado tiene un fundamento sólido en nuestra Autonomía y en la práctica se expresa de manera muy concreta a través de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado que, como ha señalado nuestro presidente, José Angel Biel, es un órgano «de especial trascendencia para las relaciones Aragón-Estado y representa un cumplimiento estricto del Estatuto». La Comisión se reunirá el próximo lunes.

El vigente Estatuto de Autonomía de Aragón señala en su artículo 90 que «la Comisión Bilateral de Cooperación se configura como el instrumento principal de relación entre la Comunidad Autónoma y el Estado» y que «desempeña las siguientes funciones: impulsar la realización de actuaciones y planes conjuntos para el desarrollo de políticas comunes y, en su virtud, suscribir los oportunos convenios de colaboración; deliberar y hacer propuestas, en su caso, sobre la elaboración de proyectos legislativos del Estado que afecten especialmente a las competencias e intereses de Aragón; diseñar mecanismos de colaboración mutua en los distintos ámbitos sectoriales donde confluya el interés de ambas Administraciones; servir de instrumento para prevenir conflictos entre ambas Administraciones, así como intentar dirimir controversias por vía extraprocesal; cualesquiera otras funciones que coadyuven a los fines de cooperación entre ambas Administraciones que le son propios».

Para desarrollar este precepto estatutario, el Acuerdo PP-PAR de gobernabilidad para Aragón en la VIII legislatura reitera la importancia de esta Comisión Bilateral y fija el compromiso de «fomentar la cooperación multilateral con el Estado y el resto de comunidades autónomas» e impulsar «las relaciones bilaterales con el Estado», sobre «aquellos asuntos que sean de interés específico para Aragón» y con objetivos para esta legislatura como -entre otros- el convenio para la coordinación en la gestión aragonesa de la reserva hídrica de 6550 hm3 mediante el respeto al principio de unidad de cuenca, ejecución de las obras hidráulicas de titularidad estatal acordadas mediante convenio o el acuerdo sobre las inversiones prioritarias del Estado en Aragón.

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