La diputada del Partido Aragonés, portavoz del PAR en la Comisión de Ciudadanía y Derechos Sociales en las Cortes, Elena Allué, registró en el Parlamento el pasado día 18 de julio una iniciativa en la que expone que la nueva Ley de
Juventud debería recoger de manera más exhaustiva diferentes aspectos para acabar con las lagunas legales existentes en la actualidad y asegurar «un mayor control, seguridad y protección». La diputada del partido Aragonés (PAR), portavoz de esta formación en la Comisión de Ciudadanía y Derechos Sociales de las Cortes de Aragón, Elena Allué, presentó en el Parlamento el pasado lunes, día 18 de julio, una pregunta parlamentaria formulada a la consejera, María Victoria Broto, para su respuesta oral en pleno para conocer si el Gobierno de Aragón «tiene o no tiene intención de impulsar la regulación de acampadas y campamentos juveniles y escolares en Aragón que acabe con las lagunas legales e inseguridades que se generan en esta materia».
El PAR defiende la necesidad de regular «con la mayor urgencia posible» las acampadas y campamentos juveniles y escolares en Aragón para asegurar «un mayor control y protección de estas actividades tan frecuentes en nuestro territorio, fundamentalmente en verano».
Nueva Ley de Juventud
La diputada del PAR, Elena Allué, señala que si es cierto que se está trabajando en una nueva Ley de Juventud «es el momento para que recoja de una manera más exhaustiva algunos aspectos muy importantes como el procedimiento de autorización de acampadas y la inspección de los espacios físicos por parte de funcionarios del Instituto Aragonés de Juventud».
Elena Allué también ha hecho especial hincapié en la necesidad de incluir en la nueva Ley de Juventud «una metodología de coordinación con otras entidades «entre ellas los ayuntamientos y las comarcas». Estas últimas, indica Allué, «tienen competencia en Protección Civil recogida de residuos, por lo que este aspecto tiene que estar bien contemplado previamente a la autorización».
Regulación excluida
Elena Allué expone en los antecedentes de la iniciativa que:
• En el Decreto de cámping de Aragón, en su artículo 3, quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta norma «los campamentos juveniles y colonias de vacaciones escolares, que se regulan por sus normas específicas».
• En el Decreto de acampadas en Aragón, en su artículo 3.2.b), quedan excluidas «las acampadas y campamentos juveniles y escolares regulados por sus normas específicas», mientras que en el artículo 3.3 las prohibiciones de aplicación de ese Reglamento «serán aplicables con carácter supletorio a las acampadas excluidas».
• En la Orden de acampadas colectivas, en su artículo 3.2.b) quedan excluidas «las acampadas y campamentos juveniles y escolares regulados por sus normas específicas».